La Comisión de Jurados rechazó las impugnaciones formuladas a Paola Garabedian y Lucrecia de León formuladas por tres grupos, de modo que la nómina de jurados quedó firme, informaron a Calle Febrero fuentes de Daecpu.
Sociedad Anónima había presentado un recurso contra la participación de Garabedian y De León, mientras que las revistas House y Madame Gótica hicieron lo propio con Garabedian, pero sus argumentos no fueron convalidados por la comisión de Daecpu y la comuna encargada de las designaciones del jurado.
Fuentes de Daecpu explicaron que, conforme a lo establecido en el reglamento, la Intendencia tenía plazo hasta el pasado viernes 11 para tomar una resolución de finitiva sobre las recusaciones.
De este modo, la resolución de respaldo a ambas jurados será inapelable.
NOTA ORIGINAL PUBLICADA EL 9 DE OCTUBRE EN CALLEFEBRERO.COM
La Comisión de Jurados conformada por la Intendencia de Montevideo y Daecpu analiza cuatro recusaciones presentadas por los conjuntos al jurado del carnaval, informaron a Calle Febrero fuentes en conocimiento de ello.
Los humoristas Sociedad Anónima y las revistas Madame Gótica y House impugnaron la participación de la jurado de coreografía y bailes, Paola Garabedian, mienrtas que Sociedad Anónima también objetó el trabajo de Lucrecia de León, quien el último año actuó en el rubro de vestuario, maquillaje y escenografía.
En el caso de Lucrecia de León, es el segundo año consecutivo en el que se presentan reclamos sobre su actuación por parte de los humoristas maragatos.
Según se explicó a Calle Febrero, la comisión de Daecpu y la Intendencia se expedirá este viernes sobre los fundamentos presentados por las agrupaciones.
En el caso de dar lugar a los reclamos, la designación inicial de jurados establece que los alternos serán Gabriela Barboza para el rubro de danza y Marianella Freire para el rubro de vestuario, maquillaje y escenografía.
Los encagrados de expedirse son Gerardo Reyes, Ramiro Pallares y José Cozzo por la comuna y Carlos Nípoli, Carlos Pintos, Hugo Correa y Hugo Ligrone, por Daecpu.
La decisión que emane de ambas instituciones será inapelable.